Elaborado por: Juan Domingo Cárdenas Abogado – GPA

jdcardenas@gpa-lawyers.com

En pleno siglo XXI podemos decir que vivimos en un mundo que gira en torno a los negocios, un mundo que depende de la continuidad de la cadena de producción, del incremento de ganancias, de conseguir nuevos clientes, un mundo dinámico y sobre todo, globalizado. Sin embargo, todos estos caracteres se han visto interrumpidos por el COVID-19, un virus que ha golpeado a la cadena de producción y que ha congelado el mercado en general.

Localmente, ante la latente amenaza del coronavirus, el Estado Ecuatoriano tomó acciones y mediante el Acuerdo 00126 del 13 de marzo de 2020, declaró la emergencia nacional sanitaria por 60 días; días más tarde, mediante Acuerdo 1017 se declaró el estado de excepción por calamidad pública por 60 días.

En este punto, cabe mencionar determinadas industrias como la alimenticia, entidades bancarias, servicios de salud, servicios básicos, cadena de exportaciones, industria agrícola y ganadera, sectores estratégicos que siguen operando, sin embargo, el mercado nacional se ha congelado, trayendo serias consecuencias para la gran mayoría de compañías, tales como la pérdida de ventas y clientes, dificultad de cobrar la cartera vencida, dificultad de pagar a proveedores, a empleados, la productividad ha bajado y las empresas se han visto forzadas a implementar reducciones de nómina y disminuir su tamaño.

Estas consecuencias ponen sobre la mesa la necesidad de estar preparados para el cambio. Por esto, resulta indispensable identificar las fortalezas y debilidades de nuestros negocios, para que de esta manera, podamos aplicar ciertos cambios que permitan que nuestra producción pueda mantenerse y por qué no, crecer dentro del mercado.

Pero al hablar de cambios, es necesario hacernos ciertas preguntas: ¿cuál es la condición de nuestro país? ¿cuáles son las alternativas laborales? ¿cuáles son las alternativas tributarias?

Si bien es cierto estas preguntas serán respondidas por cada una de las compañías analizando su caso en concreto, es necesario analizar la condición

del país y tomar en cuenta que el desempleo está aumentando, las cadenas de comercio se han cortado en su mayoría, Ecuador tiene un alto nivel de endeudamiento y existe una fuga de capital por falta de inversión.

Con el propósito de preservar las fuentes de trabajo en el país, se emitieron decretos que permiten al empleador ciertas alternativas para poder implementar y estas son:

  • –  Reducción de la jornada de trabajo
  • –  Suspensión de la jornada de trabajo y libre acuerdo de pago de la misma con el trabajador para ganar liquidez en la compañía
  • –  Planificación emergente de vacaciones Con relación a las alternativas tributarias, podemos remitirnos al decreto ejecutivo 1021 que permite el diferimiento de impuestos sin interés y de régimen de auto retención en la fuente de impuesto a la renta. En primer lugar, el diferimiento de impuestos sin interés hace referencia al pago del impuesto a la renta del ejercicio fiscal 2019 y del Impuesto al Valor Agregado (IVA) de los meses de marzo, abril y mayo de 2020, que podrán pagarse en abril mayo y junio respectivamente. Los contribuyentes que podrán acceder a este beneficio son:
  • –  Microempresas
  • –  Contribuyentes con domicilio principal en Galápagos
  • –  Operadores de líneas aéreas
  • –  Actividades del servicio turístico
  • –  Sector agrícola
  • –  Exportadores de bienes
  • –  Contribuyentes que perciban el 50% de sus ingresos de la exportación de bienes Si bien es cierto que el Estado no ha brindado mayores beneficios para los empresarios, en este momento de crisis, nos vemos obligados a aplicar cambios en nuestras compañías, razón por la cual, con las alternativas mencionadas, podremos al menos identificar ciertas ayudas para proyectar nuestras acciones y adaptarnos a la realidad, buscar formas para el pago de las obligaciones, generar nuevos proyectos de mercado y también, identificar proyectos de oportunidad.

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